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26/07/201916:07
Manos de un hombre sobre el teclado de un portátil.
Santiago de Compostela

El DOG pulica hoy la Ley de Administración Digital de Galicia que busca consolidar una administración digital, más accesible y proactiva

  • Galicia consigue un marco normativo único para universalizar el uso y el acceso a los servicios públicos digitales
  • Los primeros desarrollos normativos de esta Ley serán los relativos a la automatización de plazo por incidentes técnicas, al registro electrónico de apoderamientos y a la concreción del marco gallego de competencias digitales
  • Para acercar la administración digital a todo el mundo a Ley contempla la transformación de las Oficinas de registro en espacios de atención a la ciudadanía para la gestión online y la figura del funcionario habilitado, que podrá realizar trámites telemáticos en nombre de otra persona
  • Regula la infraestructura digital de la Administración autonómica y garantizadora la seguridad, continuidad y disponibilidad de los servicios públicos
  • Incorpora la configuración digital de procedimientos y servicios para que tengan un funcionamiento plenamente electrónico

 

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la Ley de la Administración Digital de Galicia (LEDIXGA), el marco jurídico para consolidar una administración íntegramente digital y universalizar su uso y acceso a toda la ciudadanía. Los primeros desarrollos normativos de esta Ley serán los relativos a la automatización de plazo por incidentes técnicos, al registro electrónico de apoderamientos y a la concreción del marco gallego de competencias digitales.

La ley, que entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación, adapta a la realidad del sector público autonómico los deberes de las leyes estatales 39 y 40/2015 y se asienta en tres principios; solo una vez, evitando reclamar datos que ya obran en poder de la Administración; la proactividad, emplear la información que la Administración tiene del ciudadano para prestar servicios personalizados y adelantarse a sus necesidades; y la automatización de los procesos para conseguir una gestión más eficiente.

Oficinas de atención a la ciudadanía y funcionario habilitado

Entre las principales novedades de la Ley está la transformación de las actuales oficinas de Registro en espacios de asesoramiento y apoyo, en los que prestará asistencia a los ciudadanos en la gestiones online con la Administración, tanto en la presentación de escritos y solicitudes como en la tramitación de la identificación digital o en la formalización de apoderamientos de representación. Precisamente, la creación de un registro de apoderamientos será uno de los primeros desarrollos normativos de la Ley, que permitirá que una persona autorizada pueda hacer trámites telémáticos en representación de otra.

En esta línea, la Ley también establece la puesta en marcha de la figura del funcionario habilitado, que posibilitará que una persona autorizada o un funcionario pueda realizar trámites telemáticos en nombre de otra persona.

La sede electrónica y la carpeta del ciudadano

La ley consolida la sede electrónica de la Xunta como el punto de acceso único, sencillo y accesible en la red a cualquier recurso o servicio de la Administración. La ley da especial relevancia a la carpeta del ciudadano, en la que pueden gestionar online toda la información referente a sus trámites administrativos y consultar el estado de los mismos con todas las garantías de seguridad. En base a esta información, la Administración podrá prestar servicios personalizados y proactivos, evitando reclamar la petición de aquella documentación que ya consta en la carpeta del ciudadano.

En relación con la tramitación online, uno de los primeros desarrollos normativos de esta Ley será la tramitación del Decreto de ampliación automática de plazos, que garantizará la ampliación del plazo de aquellos procedimientos que se vean afectados por un incidente técnico durante su gestión.

Capacitación digital

La norma define, por primera vez, la creación de un marco gallego de competencias digitales, tomando como referencia el marco común de la Comisión Europea en esta materia, para que los ciudadanos puedan acreditar sus conocimientos digitales y mejorar sus competencias profesionales. Además, se promoverá la inclusión digital con actuaciones de formación en función del nivel (alfabetización, capacitación e innovación digital), en la que la Red de Aulas CeMIT constituirá un instrumento de apoyo importante.

Asimismo, la ley contempla la definición de un Plan de capacitación digital del empleado público dirigido a todas las personas que trabajan en las administraciones públicas gallegas y que permitirá conseguir el certificado gallego de competencias digitales.

Se está trabajando en la concreción de este marco de competencias digitales, que se prevé que esté regulado en 2020.

Puesto de trabajo digital

Sienta las bases para el desarrollo del puesto de trabajo digital del empleado público, con la dotación de medios para la realización del desempeño en el nuevo contexto digital, acceso remoto o teletrabajo, movilidad, que deberá permitir: el uso de escritorios y aplicaciones corporativas en cualquiera dispositivo y lugar; el empleo de terminales o dispositivos adaptados a los perfiles de los empleados públicos; y posibilitar entornos de trabajo colaborativos y la creación de redes de usuarios con actividades comunes.

Regulación para el funcionamiento digital interno

La ley regula el Archivo Electrónico Administrativo como el elemento que albergará todos los expedientes del sector público autonómico en tramitación y los finalizados y la plataforma de interoperabilidad pasaXe! como el nodo para el intercambio de datos y documentos entre administraciones públicas.

Entre las novedades que incorpora la ley está la configuración digital de procedimientos administrativos y servicios para que tengan un funcionamiento plenamente electrónico y ofrecer a los ciudadanos unos servicios homogéneos, personalizados y fáciles de utilizar. Las directrices, de obligado cumplimiento, se recogen en las Guías para la habilitación electrónica de procedimientos y servicios.

Infraestructura digital

Establece que el Centro de Proceso de Datos (CPDI) y la red corporativa de la Xunta constituyen la infraestructura digital básica necesaria para dar soporte a la administración digital, que deberán asegurar la prestación de todos los servicios digitales a nivel de puesto de trabajo.

La Ley establece que la Xunta dispondrá de un Plan de continuidad de los servicios digitales, que determinará los requisitos de seguridad, calidad y continuidad, las acciones preventivas, correctivas y reactivas y el establecimiento de responsabilidades que permitan garantizar la disponibilidad de los servicios digitales.

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